El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden AAA/2201/2013 de 25 noviembre por la que se modifican las zonas con obligatoriedad para vacunar a los ovinos y bovinos contra la lengua azul.

La actual Orden modifica la anterior (AAA/570/2013 de 10 de abril) ante la “constatación de la recirculación del serotipo 4 en las provincias de Cádiz y Huelva, así como del serotipo 1 en la provincia de Toledo en el mes de octubre de 2013″.

Sustituye el articulo 8 de la anterior por uno nuevo en el que se especifican las comarcas y municipios de España donde es obligatorio la vacunación frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul en las especies ovina y bovina mayores de 3 meses.

Estas zonas son la comarca de Candeleda (Ávila) y de Sequeros (Salamanca); dentro de la provincia de Cáceres, en las comarcas de Valencia de Alcántara, Coria y Plasencia y, dentro de la propia comarca de Cáceres, los municipios de Garrovillas, Hinojal, Monroy, Santiago de Campo y Talaván.

También en la comarca cacereña de Navalmoral están afectados por esta norma numerosos municipios, entre ellos, Aldeanueva de la Vera, Almaraz, Belvís de Monroy, Berrocalejo o Navalmoral de la Mata.

El calendario de vacunaciones se establece hasta el 31 de julio de 2014

En Toledo, el municipio de San Bartolomé de las Abiertas; la comarca de Oropesa; los municipios de Azután, Navalmoralejo, Adeanueva de Barbarroya, Belvís de la Jara y Alcaudete de la Jara, en la comarca de Belvís de la Jara, y varios municipios de la comarca de Talavera de la Reina, entre ellos la propia Talavera, Almendral de la Cañada, Hinojosa de San Vicente, o Mejorada.

Recoge que la vacunación frente al serotipo 4 del virus de los animales de las especies ovina y bovina mayores de 3 meses de edad es obligatoria en el caso de que dichos animales se ubiquen en la zona restringida frente a los serotipos 1 y 4 del virus de la lengua azul.

Ambas vacunaciones se realizarán con anterioridad al 31 de julio de 2014.

(EFEAGRO)